Regulación de los alimentos transgénicos

 

Autora: Ximena Ramírez López

Antes de salir al mercado, los organismos genéticamente modificados (OGMs), deben pasar por un proceso riguroso de regularización y verificación. Esto se debe a que al ser productos que serán consumidos por la población, se debe de asegurar que sean alimentos seguros sin efectos a corto y largo plazo (Giraldo et al., 2019).

Estándares de calidad

Se debe de tener muy controlado cuál es el cambio que se realizó, si esta se mantiene durante el proceso de maduración del alimento además de controlar los posibles efectos secundario que el cultivo podría causar. Dichos estándares de calidad son (García, 2013):

  1. Caracterización molecular: se analiza la secuencia del ADN para verificar que durante el proceso de crecimiento del cultivo se conservaron sus características iniciales y cuales sufrieron algún cambio.  

  2. Análisis composicional: se compara el alimento original con el alimento modificado. Lo que se pretende es verificar que los cambios que se realizaron sean los únicos y no se pierda alguna propiedad esencial del alimento.  

  3. Comparación de características: se evalúa el crecimiento de manera simultánea de un cultivo con las modificaciones realizadas y de un cultivo que no se cambió. El objetivo es identificar las diferencias que los alimentos presentan entre si y evaluar si estas tienen un efecto significativo en su composición nutrimental.

Proceso de aceptación de los OGMs

En el caso de México, el recorrido que debe de hacer un alimento transgénico está regulado por la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Genéticamente Modificados (CIBIOGEM) (Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, 2020). La Comisión establece que el primer paso es tramitar un permiso que autorice la liberación del OGM al ambiente. Después, en el caso específico de los alimentos, la solicitud se envía a la SAGARPA (SADER) para su evaluación y análisis (CEPAL, 2005). Finalmente, el producto se inscribe al Catálogo Nacional de Variedades Vegetales (CNVV). Aquí, la información se vuelve accesible al público en general (Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, 2020).  

Comercialización de los OGMs

Para que los OGMs puedan ser utilizados como alimento para la población en general, es necesario que cuenten con un permiso de parte de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS). Dentro de esta solicitud, se deben de incluir los artículos del 23 al 32 del Reglamento de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (COFEPRIS, 2017). Estos artículos hacen referencia a el tipo de alimento con el que se trabajó, cuál es la modificación, el procedimiento detallado de cómo se realizó la mejora y un informe de la razón por la que se eligió ese alimento y esa técnica de transformación sobre las demás (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2008).

Antes de salir al mercado, los OGMs deben de cumplir con un riguroso proceso de inspección donde se revisa que cumplan con todos los estándares de calidad. Además, deben de contar con todos los permisos necesarios de diferentes instituciones donde se verifique que si presenten un beneficio a la población y están sujetos a la evaluación del público en general. Por esta razón, los alimentos transgénicos que se encuentran en el mercado han pasado por un riguroso proceso de verificación y se puede asegurar casi en su totalidad que su consumo es seguro.

 

Referencias

 
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